Denominación:
Incentivos Regionales. Justificación del cumplimiento de condiciones y liquidación de las subvenciones.
Información básica
Los beneficiarios de la subvención deberán presentar, en los plazos establecidos en la resolución individual de concesión, los documentos justificativos del cumplimiento tanto de las condiciones intermedias como las finales.(Artículo 33.1 y 34.1 del Reglamento de los incentivos regionales, de desarrollo de la Ley 50/1985, de 27 de diciembre, aprobado por RD 899/2007 de 6 de julio, modificado por RD 303/2015 de 24 de abril).Una vez presentada la documentación, el órgano competente de la Comunidad Autónoma analizará los justificantes aportados por el interesado y podrá solicitar la documentación y peritajes precisos para aclarar los extremos que estime oportunos, en su caso efectuará una comprobación física de la realidad del proyecto de inversión, y a continuación emitirá un informe sobre al grado de cumplimiento de las condiciones.El informe positivo sobre el grado de cumplimiento de condiciones emitido por la Comunidad Autónoma es el documento que dará lugar al inicio del procedimiento de liquidación una vez comunicado al interesado, el cual podrá presentar a continuación la solicitud de cobro. Una vez finalizado el plazo de vigencia, el beneficiario solo podrá solicitar la liquidación total de la subvención concedida. Dentro del plazo de vigencia, podrá solicitar ante el órgano competente de la Comunidad Autónoma un único pago por el total de la subvención una vez realizada la totalidad de la inversión a subvencionar y previa presentación de aval bancario. Esta liquidación solo podrá presentarse con posterioridad a las fechas de cumplimiento y acreditación de todas y cada una de las condiciones impuestas al titular y anteriores al fin de la vigencia. Como excepción a lo anterior, dentro del plazo de vigencia, el beneficiario podrá solicitar ante la Comunidad Autónoma cobros a cuenta de la subvención, a medida que vaya justificando la realización de la inversión, siempre que así esté autorizado en la correspondiente Resolución individual de concesión.
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