Denominación:
Concesión y pago mensual de las ayudas a las víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables (Decreto 28/2020)
Información básica
Procedimiento para la concesión y pago mensual de las ayudas a las víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables a aquellos solicitantes que, habiendo obtenido la calificación de alquiler protegido, cumplan el resto de requisitos y condiciones reguladas en el Decreto 28/2020, de 2 de mayo, para su obtención.
Tramitación electrónica
Información adicional
Forma de inicio
Documentación asociada
1. Las solicitudes de concesión y pago mensual de las ayudas deberán presentarse en los términos establecidos en el artículo 3 punto 6 del Decreto 28/2020, en el modelo oficial correspondiente, en el que constará una declaración responsable del solicitante. 2. La solicitud se acompañará, como mínimo, de la siguiente documentación: a) Justificante del pago de la renta del alquiler, del alojamiento o dotación residencial susceptible de ser habitada del mes anterior, mediante imposición o transferencia, a través de una entidad bancaria, realizado a favor de la persona propietaria de la vivienda. El justificante será original y si es fotocopia o se presenta de forma telemática a través del portal institucional del Gobierno de Cantabria, en su apartado "Atención a la Ciudadanía 012", "Ayudas y Subvenciones" (www.cantabria.es), deberá ir sellado por la entidad financiera. En cualquier caso, en dicho justificante figurará necesariamente: I. Como concepto de pago, el de la renta del alquiler de la vivienda o abono del alojamiento o dotación residencial que figure en el contrato. II. El mes al que se refiere el pago o abono. III. La persona que realiza el pago y la persona que lo recibe, que necesariamente coincidirán con los titulares del contrato suscrito. La Administración podrá eximir de la justificación de presentación del justificante, si mediante medios telemáticos pudiera obtener dicha confirmación de las administraciones públicas, empresas públicas y entidades sin ánimo de lucro, de economía colaborativa o similares sin ánimo de lucro. b) Declaración responsable que acredite el pago de los gastos de mantenimiento, comunidad y suministros básicos de la vivienda.