Denominación:
Ayudas destinadas a la limitación del impacto de la pesca en el medio marino y adaptación de la pesca a la protección de especies.
Información básica
Conceptos subvencionables: a)En equipos que aumenten la selectividad por tallas o especies de las artes de pesca. b)A bordo o en equipos para eliminar los descartes evitando o reduciendo las capturas no deseadas o para tratar las capturas no deseadas que deban desembarcarse de acuerdo con el artículo 15 del Reglamento (UE) Nº 1380/2013, de 11 de diciembre de 2013. 2- El buque debe reunir los siguientes requisitos: a) El buque a modernizar debe tener 5 o mas años de edad a fecha de la solicitud de ayudas. b) El buque debe pertenecer a la tercera lista del Registro de Buques y Empresas Navieras, y tenga el puerto base en Andalucía. c) El buque debe estar en situación de alta en el Registro General de Flota Pesquera y en activo, y no tenga solicitada la baja definitiva. d) El buque debe haber llevado a cabo una actividad pesquera en el mar de al menos 60 días durante los dos años civiles anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda. 3- La ayuda solo se concederá cuando pueda demostrarse que el arte de pesca o los equipos posean una mayor selectividad por tallas o menor impacto en el ecosistema y en las especies no objetivo, que los artes u otros equipos estándar autorizados en virtud de la normativa de la Unión o de la normativa nacional aplicables adoptada en el contexto de la regionalización, como dispone el Reglamento (UE) nº 1380/2013, de 11 de diciembre de 2013.
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