Denominación:
Autorización de centros técnicos de tacógrafos
Información básica
Autorizar el funcionamiento de los centros técnicos de tacógrafos, de acuerdo a las siguientes modalidades: Tipo I: únicamente para la instalación y/o activación de tacógrafos digitales. Tipo II: para la instalación, activación, verificación y primer calibrado de tacógrafos digitales. Tipo III: para todas las intervenciones técnicas previstas en el artículo 2.2. Tipo IV: para la reparación de tacógrafos analógicos. Tipo V: para la verificación, calibrado o parametrización e inspección o control periódico de tacógrafos
Materias
Etiquetas:
- centros,
- autorización,
- técnicos,
- tacógrafos,
- ii,
- iii,
- iv