Denominación:
Inscripción de federaciones, confederaciones y uniones de asociaciones en el Registro de Asociaciones Profesionales de Trabajadores Autónomos.
Información básica
Regulación del procedimiento de inscripción de las asociaciones, sus federaciones, sus confederaciones y uniones constituidas al amparo de la Ley orgánica 1/2002, del 22 de marzo, regulador del derecho de asociación.A efectos de la inscripción y depósito de los estatutos en el registro, se entiende por asociación profesional de trabajadores autónomos, conforme a lo establecido en el artículo 20.2º de la Ley 20/2007, del 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo, aquella que tenga por finalidad la defensa y tutela colectiva de los intereses profesionales de las/os trabajadoras/es autónomas/os y funciones complementarias, que podrá desarrollar todas aquellas actividades lícitas dirigidas a esta finalidad. En ningún caso podrá tener ánimo de lucro.Este procedemento regula la inscripción de la federaciones, confederaciones y uniones de asociaciones.
Tramitación electrónica
Información adicional
Forma de inicio
Documentación asociada
- Solicitud según en el Anexo I. - Justificante de abono de la tasa correspondiente. - Certificación expedida por las personas o cargos con facultad para certificar de cada una de las asociación que se integren en la federación, confederación o unión de asociación del acuerdo adoptado para su integración y designación de la persona o personas que representen a la entidad asociativa en el acto constitutivo de esta. - Copia del NIF de la entidad solicitante, sólo en el caso de no autorizar su consulta. - Acta fundacional, en la que deberá constar la denominación, nº de inscripción y domicilio de cada una de las asociaciones fundadoras.