Denominación:
Concesión y pago periódico de las ayudas al pago del alquiler de vivienda (Decreto 4/2019, de 7 de febrero, por el que se regulan determinadas ayudas del Plan de Vivienda de Cantabria 2018-2021).
Información básica
Ayudas al pago del alquiler de vivienda
Tramitación electrónica
Información adicional
Forma de inicio
Documentación asociada
1. Las solicitudes de concesión y pago mensual de las ayudas deberán presentarse en los términos establecidos en el art. 14 del Decreto 4/2019, en el modelo del impreso "SOLICITUD DE CONCESIÓN Y PAGO MENSUAL DE LAS AYUDAS AL PAGO DEL ALQUILER (ALQ-5)", en el que constará una declaración responsable del solicitante, referida a los siguientes aspectos: a) Que, a fecha de la solicitud, el titular del contrato de arrendamiento no se encuentra incurso en las prohibiciones del art. 12 de la Ley 10/2006, de 7 de julio, de Subvenciones de Cantabria y 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. b) Que, a fecha de la solicitud, tanto el beneficiario con el resto de las personas que conforman la unidad de convivencia del mismo, consten o no como titulares del contrato de arrendamiento, mantienen el cumplimiento de todos y cada uno de los requisitos y condiciones para la concesión de la calificación de alquiler protegido y se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, la Seguridad Social y con la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria. 2. La solicitud se acompañará del justificante del pago de la renta del alquiler del mes anterior, mediante imposición o transferencia, a través de una entidad bancaria, realizado a favor de la persona propietaria de la vivienda objeto de arrendamiento. El justificante será original y si es fotocopia o se presenta de forma telemática a través del portal institucional del Gobierno de Cantabria, en su apartado "Atención a la Ciudadanía 012", "Ayudas y Subvenciones" (www.cantabria.es), deberá ir sellado por la entidad financiera. En cualquier caso, en dicho justificante figurará necesariamente: a) Como concepto de pago, el de la renta del alquiler de la vivienda que fi gura en el contrato de arrendamiento. b) El mes al que se refiere el pago. c) La persona que realiza el pago y la persona que lo recibe, que necesariamente coincidirán con los titulares del contrato de arrendamiento. La Administración podrá eximir de la justificación de presentación del justificante, si mediante medios telemáticos pudiera obtener dicha confirmación, en los términos que se establezcan con la correspondiente entidad colaboradora.