Denominación:
Bonificación medioambiental del IVTM
Información básica
La vigente Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, en su artículo 6.2, establece una bonificación del 50 por 100 de la cuota del impuesto a favor de los titulares de vehículos que cuenten con un motor de baja incidencia en el medio ambiente o que utilicen carburante cuya combustión tiene una incidencia baja en el medio ambiente, durante cuatro años a partir del ejercicio siguiente a su matriculación o a la instalación de los correspondientes sistemas.