Denominación:
Fundaciones. Protectorado. Comunicación trimestral de la enajenación de valores cotizados
Información básica
El Patronato comunicará trimestralmente al Protectorado las enajenaciones de valores cotizados que haya efectuado, previa obtención de la correspondiente autorización otorgada por el propio Protectorado. Este podrá revocar la autorización cuando las operaciones sean lesivas para los intereses de la Fundación, sin perjuicio de la eficacia de las operaciones ya efectuadas.
Tramitación electrónica
Información adicional
Forma de inicio
Documentación asociada
- Relación de las enajenaciones trimestrales realizadas con indicación de la fecha de venta y acreditación del importe de la cotización del día anterior a la misma.
Materias
Étiquettes: