Denominación:
Autorizacion para la instalación y comprobación de dispositivos de limitación de velocidad.
Información básica
La instalación de limitadores de velocidad será realizada por talleres autorizados.Las empresas interesadas solicitarán ante la Jefatura Territorial de la Consejería de Economía, Empleo e Industria la obtención de la autorización correspondiente.La entidad autorizada deberá justificar anualmente el cumplimiento de los requisitos exigidos para la autorización así como cualquier variación que se produzca.La autorización tendrá por objeto la instalación y comprobación de funcionamiento de los dispositivos de limitación de velocidad antes de la matriculación de los vehículos y en vehículos en servicio.En ningún caso podrá limitarse el número de autorizaciones/renovaciones, debiendo expedirse a cuantos interesados, nacionales y extranjeros que acrediten reunir los requisitos necesarios.
Tramitación electrónica
Información adicional
Forma de inicio
Documentación asociada
- Solicitud según el Anexo I. - Copia del DNI o NIE, en el supuesto de personas físicas solicitantes y sólo en el caso de no autorizar su consulta. - Certificados de entrenamiento de los trabajadores. - TC2 actualizado. - Documento acreditativo de la categoría profesional de los trabajadores. - Certificado de medios tecnicos. - Póliza de responsabilidad civil frente a daños materiales y personales a terceros. - Recibo de pago de la póliza de responsabilidad civil. - Justificante del pago de las tasas administrativas (Código: 32.39.01/32.39.02). - Copia del NIF de persona jurídica, sólo en el caso de no autorizar su consulta.