Denominación:
Autocontratación de patronos de las fundaciones.
Información básica
Este trámite tiene como finalidad la autorización de la contratación de la fundación con: · Los patronos de la misma. · Los parientes de los patronos por consanguinidad hasta el 4º grado, o por afinidad hasta el 2º grado. · Las sociedades de cualquier naturaleza en las que tengan participación mayoritaria los patronos o sus parientes. - También será necesaria la autorización del Protectorado para designar como patrono a una persona, fisica o jurídica, que mantenga un contrato en vigor con la fundación.
Información adicional
Materias
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