Denominación:
Ayudas económicas para mujeres víctimas de violencia de género que acrediten insuficiencia de recursos y especiales dificultades para obtener un empleo
Información básica
Reconocimiento del derecho a la ayuda económica prevista en el art. 27 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, dirigida a mujeres víctimas de violencia de género para las que quede acreditada insuficiencia de recursos y unas especiales dificultades para obtener un empleo, así como para la concesión de la misma.
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Ayudas económicas a mujeres víctimas de violencia de género.
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Ayudas económicas para mujeres víctimas de violencia de género.
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