Denominación:
Aplazamiento o fraccionamiento de deudas en período voluntario
Información básica
Aplazar o fraccionar las deudas y sanciones tributarias y demás de naturaleza pública cuya gestión recaudatoria se encuentre en período voluntario, cuando la situación de tesorería del interesado, discrecionalmente apreciada por la Administración, le impida, transitoriamente, efectuar el ingreso de las mismas.
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Materias
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Aplazamiento o fraccionamiento de deudas tributarias en período voluntario de tributos propios y cedidos sobre el juego (cualquier cuantía). De liquidaciones en periodo voluntario de tributos propios y cedidos superiores a 30.000 euros y de autoliquidaciones en periodo voluntario de tributos propios y cedidos cualquiera que sea su importe.
tipo de documentoTrámite