Denominación:
Tarjeta de Víctima de Actos Terroristas, Tarjeta de Afectado por Actos Terroristas y Tarjeta de Condecorado con la Medalla a las Víctimas del Terrorismo
Información básica
a) Expedir en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, la ¿Tarjeta de Víctima de Actos Terroristas¿ y la ¿Tarjeta de Afectado por Actos Terroristas¿. Las citadas tarjetas tienen como finalidad servir como documento acreditativo de la condición de víctima y de afectado, respectivamente, en el ámbito de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a los efectos de su reconocimiento como destinatario de las ayudas, prestaciones e indemnizaciones ofertadas en el seno de la ¿Estrategia de Apoyo a las Víctimas del Terrorismo de la Región de Murcia 2016-2020¿ o en futuras actuaciones similares, sin perjuicio de la acreditación de los requisitos que la normativa específica exija para el acceso a dichas ayudas y medidas. b) Expedir en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, la ¿Tarjeta de Condecorado con la Medalla a las Víctimas del Terrorismo¿, que tiene como finalidad servir como documento acreditativo de la condición de víctima del terrorismo, en el ámbito de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a los efectos de su reconocimiento como destinatario de las ayudas, prestaciones e indemnizaciones que, al margen de la Ley 7/2009, de 2 de noviembre, de Ayudas a las Víctimas del Terrorismo de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, se oferten en el seno de la ¿Estrategia de Apoyo a las Víctimas del Terrorismo de la Región de Murcia 2016-2020¿ o en futuras actuaciones similares, sin perjuicio de la acreditación de los requisitos que la normativa específica exija para el acceso a dichas ayudas y medidas.