Denominación:
Reconocimiento exención IVA en el marco de relaciones diplomáticas, consulares, Organismos Internacionales u OTAN (no España), por adquisiciones fuera del territorio de aplicación del impuesto.
Información básica
Procedimiento cuyo objeto es el reconocimiento del derecho a la exención del Impuesto sobre el Valor Añadido en el marco de las relaciones diplomáticas, consulares, de los Organismos Internacionales reconocidos por España y de las fuerzas de Estados miembros, OTAN, distintos de España, por adquisiciones de bienes o servicios realizados fuera del territorio de aplicación del impuesto.Para ello, es necesario que los beneficiarios de la exención obtengan certificados que prueben su derecho a la exención y que estos certificados sean reconocidos en toda la Comunidad.El certificado deberá solicitarse en el Estado de Sede (España).
Tramitación electrónica
Información adicional
Forma de inicio
Documentación asociada
A la solicitud se acompañará una descripción detallada de los bienes y/o servicios para los que se solicite la exención o la referencia a la hoja de pedido a que se refiere el apartado 5.B del modelo de solicitud. ;