Denominación:
Reconocimiento de trienios por servicios prestados en la administración del personal docente interino.
Información básica
Según la Ley 7/2007 de 12 de abril, es posible el reconocimiento de los servicios prestados a la administración pública y que se acrediten con la oportuna documentación. A este efecto, los servicios esmentals se pueden haber prestado en régimen de acupació (eventual o interino) o en régimen de contratación administrativa o laboral.Documentación a presentar:Solicitud (según el modelo de anexo II) dirigida en la Consejería de Educación y Cultura.Además se tendrán que acreditar con el Anexo I debidamente llenado los servicios prestados a otras administraciones.Los servicios se reconocerán a partir del mes siguiente de haber presentado la solicitud.
Información adicional
Materias
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