Denominación:
Programa de centros en el exterior. Ayudas para gastos de obra nueva, rehabilitación, adaptación y equipamiento de edificios.
Información básica
Contribuir a sufragar los gastos de obra nueva, obras de rehabilitación y adaptación de edificios e instalaciones, y adquisición de equipamiento, de las entidades radicadas en el exterior, cuya finalidad sea la asistencia social, sanitaria y sociocultural a favor de los españoles en el exterior.
Tramitación electrónica
Información adicional
Forma de inicio
Documentación asociada
1. Memoria explicativa de las características sustanciales de la entidad solicitante. 2. Memoria explicativa por cada uno de los proyectos para los que solicita subvención, en la que se reflejará el presupuesto detallado de las actividades a realizar. 3. Acreditación de aquellas subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, para la misma finalidad, procedentes de otras Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales. 4. Los documentos constitutivos de la entidad y de su inscripción en el registro correspondiente. Esta documentación podrá sustituirse por un certificado expedido por la Consejería de Empleo y Seguridad Social que acredite tales extremos. La presentación de estos documentos no será preceptiva para las entidades inscritas en el Censo de Asociaciones y Centros de la Dirección General de Migraciones (CACE). 5. Los representantes de las entidades, poder suficiente en derecho para actuar en su nombre y representación. 6. Documento nacional de identidad o pasaporte de los representantes o apoderados de las entidades solicitantes. 7. Certificado de residencia fiscal emitido por las autoridades competentes de su país de residencia. Si la inscripción en un registro fiscal no fuera preceptiva por la normativa del país de residencia, este documento podrá ser sustituido por una certificación de la Consejería o Sección de Empleo y Seguridad Social que lo acredite. 8. Declaración responsable de que la entidad solicitante se encuentra al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones, de acuerdo con lo previsto por el artículo 25 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio. 9. Declaración responsable de quien ostente la representación legal de la entidad de que, tanto la entidad solicitante como las entidades miembros que proponen como ejecutantes de los programas no se encuentran incursas en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiarios de subvenciones establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. 10. Cuando los documentos aportados al expediente por el solicitante de las ayudas estén en un idioma distinto del castellano, se deberá presentar traducción de los mismos a este idioma.
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