Denominación:
Línea 2 de subvenciones al Trabajo Autónomo reguladas en la Orden de 21 de septiembre de 2018: Emprendimiento de segunda oportunidad y continuidad de la actividad emprendedora
Información básica
Esta Línea de actuación está destinada a favorecer la continuidad de la actividad económica de las personas trabajadoras autónomas, tanto de aquéllas que la están desarrollando en la actualidad como de aquéllas otras que fueron trabajadoras autónomas y han decidido iniciar de nuevo una actividad económica, mediante las siguientes medidas:a) Emprendimiento de segunda oportunidad. Es una medida de ayuda para el fomento de las iniciativas de reemprendimiento en el trabajo autónomo, para apoyar el inicio de actividades empresariales y profesionales realizadas con anterioridad, que fueron objeto de ayudas públicas concedidas por la Administración de la Junta de Andalucía, y que cesaron por cualquier motivo.b) Continuidad de la actividad emprendedora. Esta medida va dirigida a fortalecer la consolidación del trabajo autónomo, apoyando a aquellas personas trabajadoras autónomas que decidan cambiar de estrategia competitiva para el mantenimiento de su empleo, pudiendo suponer un impulso de la actividad económica desarrollada, a partir de una antigüedad de 36 meses de alta ininterrumpida en el Régimen Especial de la Seguridad del Trabajo por Cuenta Propia o Autónomo.
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