Denominación:
Intercambios provisionales de plazas del personal docente que imparte las enseñanzas reguladas en la ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, en centros dependientes de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria.
Información básica
La presente orden tiene por objeto regular el intercambio provisional de plazas entre el personal funcionario docente y el personal laboral dependiente de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria, que imparte las enseñanzas reguladas en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación
Tramitación electrónica
Información adicional
Forma de inicio
Documentación asociada
- Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos, a través del modelo oficial de solicitud según el anexo I que estará disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal/).Si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de la presentación de la solicitud aquella en la que fuera realizada la subsanación.Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidas por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365). - No deberá presentarse ninguna documentación complementaria para la tramitación de este procedimiento. - Cada una de las personas interesadas en solicitar el intercambio provisional de la plaza tendrá que cubrir una solicitud.En la solicitud deberán constar los datos de la persona con la que quiera solicitar el intercambio de plaza, de manera que habrá tantas solicitudes como personas interesadas en intercambiar la plaza.
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