Denominación:
Inscripción en el registro de los centros de cría, suministradores y usuarios de animles de experimentación.
Información básica
a) Establecer en el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia determinadas normas aplicables para la protección de los animales utilizados en experimentación y otros fines científicos, incluyendo la docencia, en armonía con la normativa estatal y comunitaria.b) Dictar las normas para la formación de las personas que trabajan en los centros de cría, suministradores o usuarios de animales que son utilizados para la experimentación y otros fines científicos, incluida la docencia, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1201/2005, sobre protección de los animales utilizados para la experimentación y otros fines científicos.c) Crear el Registro de los centros de cría, de suministradores y usuarios de animales de experimentación.d) Crear la Comisión Gallega de Bienestar de los Animales de Experimentación.
Tramitación electrónica
Información adicional
Forma de inicio
Documentación asociada
- Solicitud (Anexo I). - Copia del DNI de la persona representante del centro, solo en en caso de no autorizar su consulta en el Sistema de verificación de datos de identidad. - Documentación que acredite la representatividad del centro. - Memoria descriptiva de las características del centro y de las actividades que se van a desenvolver. - Planos o esbozos de situación y distribución de las construcciones, instalaciones y dependencias del centro. - Superficie de los locales destinados al alojamiento de los animales y especies que se van a alojar, indicando su capacidad. - Programa higienico-sanitario, suscrito por un veterinario, que prevea todas las medidas de control establecidas por la normativa vigente, incluyendo la eliminación de residuos y subproductos animales. - Memoria en que se indiquen los aspectos fundamentales de los procedimientos que se prevea realizar, con indicación de las especies y el número de animales que este previsto utilizar. - Relación del personal especializado al que se refiere el artículo 24º del Decreto 296/2008, con especificación de su formación y titulación, y de las responsabilidades de cada uno en materia de bienestar y de salud animal. - Composición del Comite etico de experimentación animal en el caso de que se trate de un centro usuario. - Otros documentos.