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Denominación: Fundaciones. Protectorado. Autorización/comunicación de enajenación de bienes y derechos

Información básica

Descripción:

Están sometidos a un régimen de autorización previa del Protectorado los actos de enajenación, onerosa o gratuita, o de gravamen de los bienes y derechos que formen parte de la dotación y de los directamente vinculados al cumplimiento de los fines fundacionales. Están sometidos a un régimen de comunicación, los actos sobre bienes y derechos que no formen parte de la dotación o que no se encuentren directamente vinculados al cumplimiento de los fines fundacionales relacionados en el Reglamento.

Código SIA: 991631
Administración:
Administración del Estado
Departamento: Ministerio de Cultura y Deporte
Centro directivo: Secretaría General Técnica (MCD)
Nivel de tramitación electrónica: Tramitación electrónica

Tramitación electrónica

Sistemas de identificación: Certificado electrónico
Sistemas de identificación: DNI electrónico

Información adicional

Unidad gestora: Subdirección General del Protectorado de Fundaciones

Forma de inicio

Iniciación: Interesado
Efecto del silencio: Positivo
Plazo de resolución: 3
Meses

Documentación asociada

Documentación:

- Certificación del acuerdo adoptado por el Patronato firmada por el Secretario con el visto bueno del Presidente. - Memoria acreditativa de las características del bien o derecho, elementos y condiciones del negocio jurídico, razones e indicación del destino del importe. - Valoración de los bienes o derechos realizada por experto independiente.

Materias

Asociaciones, Fundaciones y otras Entidades