Denominación:
Fundaciones. Procedimiento de liquidación y baja de una fundación.
Información básica
De acuerdo con el artículo 43.1 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, la liquidación será realizada por el Patronato bajo el control del Protectorado, actuando aquel en orden a cobrar crédos, satisfacer deudas y formalizar actos pendientes de ejecución, sin que pueda contraer más obligaciones, salvo las que sean necesarias para la liquidación.