Denominación:
Declaración de Zonas de Gran Afluencia Turística, a efectos de Horarios Comerciales: Renuncia
Información básica
Los Ayuntamientos que hayan solicitado y obtenido la declaración de zona de gran afluencia turística podrán, a partir del segundo año de la vigencia de la misma, presentar la renuncia a los efectos que produce, tras acuerdo al respecto del órgano municipal competente.
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