Denominación:
DECLARACIÓN DE YACIMIENTO DE ORIGEN NO NATURAL
Información básica
El Objeto del Procedimiento es la declaración como Recurso de la Sección B de un yacimiento de origen no natural. Se considerarán yacimientos incluidos en la Sección B) las acumulaciones constituidas por residuos de actividades reguladas por la Ley 22/1973, de Minas, o derivadas del tratamiento de sustancias que se hallen incluidas dentro de su ámbito, que resulten útiles para el aprovechamiento de alguno de sus componentes.