Denominación:
Ayudas sociales a personas con hemofilia y otras coagulopatías congénitas que hayan desarrollado la hepatitis C como consecuencia de transfusiones o tratamientos con concentrados de factores de coagulación en el ámbito del sistema sanitario público de la Comunidad Autónoma de Andalucía
Información básica
1. Pueden ser beneficiarias de las ayudas sociales que se convocan las personas hemofílicas o con otras coagulopatías congénitas que hayan desarrollado la hepatitis C (VHC) como consecuencia de transfusiones o tratamientos con concentrados de factores de coagulación en el ámbito del Sistema Sanitario Público de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que residan en la misma y que estén incluidas en el censo definitivo previsto en el artículo 80 de la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social.2. En el caso de fallecimiento de las personas referidas anteriormente, podrán ser beneficiarios los hijos menores de edad y los mayores incapacitados, por partes iguales, en defecto de ellos, el cónyuge no separado legalmente o, en su caso, la persona que, con análoga relación de afectividad a la del cónyuge, hubiera venido viviendo con el fallecido o la fallecida de forma permanente durante al menos los dos años anteriores al momento del fallecimiento; a falta de los anteriores, los padres de las personas fallecidas.