Denominación:
Ayudas por estudios del personal funcionario y laboral y de sus hijos e hijas ( PERSONAL CAIB SERVICIOS GENERALES, NO PERSONAL LABORAL EMPRESAS PÚBLICAS NI PERSONAL DOCENTE)
Información básica
Ayudas para sufragar, en parte, los gastos que el personal al servicio de la Administración de la comunidad autónoma realice en materia de estudios oficiales, para sí mismo o para sus hijos mayores de 18 años y menores de 25 años y en dos modalidades: La compensación de los gastos por matrícula en centros docentes. La compensación de los gastos realizados en libros para el curso en el cual se haya formalizado la matrícula.