Denominación:
Ayudas para el inicio de estudios universitarios en las universidades del Sistema universitario de Galicia.
Información básica
El objeto de esta orden es convocar, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas destinadas a financiar los gastos derivados de la matrícula universitaria del alumnado que inicie estudios universitarios en el curso 2017/18 en el Sistema universitario de Galicia conducentes a la obtención de un título oficial de grado. Cuantía de la ayuda1. La dotación asignada a cada beneficiario/a será la del importe total de la matrícula, incluidas las tasas de apertura de expediente y la expedición y mantenimiento de tarjeta de identidad, siendo de un máximo de 862,90 euros para las titulaciones encuadradas dentro de la rama de Ciencias, Ciencias de la Salud, Ingeniería y Arquitectura y grado en Bellas Artes, y de un máximo de 618,10 euros para las titulaciones encuadradas dentro de la rama de Artes y Humanidades y Ciencias Social y Jurídicas, tal y como se recoge en el Decreto 65/2017, de 6 de julio, por el que se fijan los precios públicos por la prestación de servicios académicos y administrativos en las universidades del Sistema universitario de Galicia para el curso académico 2017/18 (DOG núm. 134, de 14 de julio).2. La ayuda sólo alcanzará a los créditos de una única titulación y especialidad.3. Quedan excluidas del importe de la ayuda las exenciones y bonificaciones del pago de las tasas a las que haya tenido derecho el/la beneficiario/a.
Tramitación electrónica
Información adicional
Forma de inicio
Documentación asociada
- Las personas interesadas deberán aportar con la solicitud a siguiente documentación: - a) Certificación de los estudios que permitan el acceso a la universidad o la tarjeta de la ABAU que incluyan la nota media. - b) Documento acreditativo de matrícula en la universidad en el que deberá de figurar el importe de la matrícula, las materias y el número de créditos en los que está matriculado/a en el curso 2017/18. - c) Cuando la persona solicitante alegue su independencia familiar y económica, deberá de presentar la documentación justificativa de tener domicilio en propiedad o en alquiler y de disponer de los medios económicos suficientes para hacer frente a sus gastos. - d) Anexo II de comprobación de datos de terceras personas interesadas para la consulta de datos de los miembros de la unidad familiar distintos de la persona solicitante. - Comprobación de datos.Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos elaborados por las administraciones públicas:1. Copia del DNI o del NIE de la persona solicitante 1 y de los demás miembros computables de la unidad familiar mayores de edad.2. Certificado de residencia de la persona solicitante y de todos los miembros computables de la unidad familiar con fecha de efectos 31 de diciembre de 2016.3. Certificado de la renta de la persona solicitante y de todos los miembros computables de la unidad familiar relativo al ejercicio fiscal 2016.4. Autorización de la estadía o residencia legal cuando la persona solicitante sea extracomunitaria.Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilitara la obtención de los citados datos se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes. - Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado ED441C (anexo I), disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal, al tener las personas incluidas en el ámbito subjetivo las competencias técnicas y disponibilidad de acceso a los medios electrónicos necesarios para formalizar las solicitudes.Si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que haya sido realizada la enmienda.Para la presentación de las solicitudes podrán emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).Las solicitudes serán suscritas electrónicamente por la persona interesada o por la persona que acredite su representación por cualquier medio válido en derecho.Para la presentación electrónica de este procedimiento, la sede electrónica de la Xunta de Galicia dispone de instrucciones de ayuda que deberán ser observadas en todo momento por las personas solicitantes. En caso de duda, dificultades técnicas o necesidad de más información durante el proceso de obtención de los formularios, podrán dirigirse al teléfono de información 012 o a la dirección electrónica 012@xunta.galSi las dudas están relacionadas con la presente convocatoria, podrán hacer sus consultas en la dirección electrónica orientacion.sug@edu.xunta.es - La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, la Administración podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada.Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considera