Denominación:
Autorización de las evats (empresas o entidades para la venta y/o asistencia técnica) de equipos e instalaciones de rayos X con fines de diagnóstico médico
Información básica
Cualquier actuación relacionada con la venta y asistencia técnica de los equipos e instalaciones de rayos X de diagnóstico médico, incluida su importación, deberá ser realizada por empresas o entidades autorizadas al efecto.Se considera venta la puesta en el mercado, sea con destino a los usuarios finales o a intermediarios, de equipos de rayos X nuevos o usados. Cualquier negocio jurídico como permuta, cesión, alquiler u otro por el que se entregue a una instalación de diagnóstico un equipo de rayos X, incluso entre particulares, se considera venta a los efectos del Reglamento.Se considera asistencia técnica cualquier actividad de instalación, montaje y mantenimiento preventivo o correctivo, de equipos de rayos X de diagnóstico médico, así como el desmantelamiento y destrucción de equipos.El procedimiento para la autorización de estas empresas está regulado en el capítulo II del Reglamento sobre instalación y utilización de aparatos de Rayos X con fines de diagnóstico médico, aprobado por Real Decreto 1085/2009, de 3 de julio.
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