Denominación:
Autorización de estancias formativas para profesionales sanitarios extranjeros
Información básica
Las estancias formativas para ciudadanos extranjeros están reguladas por el Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero, por el que se desarrollan determinados aspectos del sistema de formación sanitaria especializada. Se autorizaran estancias formativas temporales a graduados y especialistas en Ciencias de la Salud en activo en países con los que se hayan suscrito convenios de colaboración cultural. También se incluyen los especialistas en formación que no tengan la consideración de profesionales sanitarios de acuerdo con la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de Ordenación de las Profesiones Sanitarias, pero que realicen un programa de formación como especialistas en los términos establecidos en el cuadro de titulaciones que se incluye en la presente información. Estas estancias no están previstas para profesionales españoles o extranjeros que presten servicios en instituciones públicas o privadas españolas y quieran realizar estancias o periodos de aprendizaje en otros centros españoles o extranjeros. Asimismo, no se incluyen dentro de las estancias formativas la realización de Master u otros cursos de postgrado específicos aun cuando se realicen en centros hospitalarios.
Tramitación electrónica
Información adicional
Forma de inicio
Documentación asociada
- Pasaporte/D.N.I./N.I.F/Tarjeta Residencia - Copia compulsada del título de graduado o especialista en Ciencias de la Salud expedido por la autoridad competente de cada país. - Informe de la Comisión de Docencia, firmado opor su Presidente en la que se haga constar la aceptación del interesado en las fechas solicitadas. - Informe del responsable del centro extranjero donde el interesado preste servicios, en el que se determinen los objetivos concretos que se pre- tendan con su realización. - Certificado original del centro de origen en papel de la institución en la que esté realizando la especialidad o actividad profesional y en la que consten los datos de la institución y que aparezca debidamente firmado y sellado. - Informe de aceptación del órgano responsable de formación de la Comunidad Autónoma donde se ubique el centro sanitario español acreditado elegido por el interesado. Detallada en la normativa en vigor. Para más detalle consultar la página web http://www.msps.es/profesionales/formacion/estanciasFormativasEx.htm