Denominación:
Autorización administrativa previa de instalaciones de energía eléctrica de alta tensión
Información básica
Obtener la autorización administrativa previa para la ejecución de nuevas instalaciones o para la ampliación, modificación, transmisión o cierre de las ya existentes, de las siguientes: Instalaciones eléctricas de producción con una potencia inferior o igual a 50 megavatios eléctricos. Instalaciones eléctricas de transporte, distribución o líneas directas cuya tensión nominal eficaz sea superior a 1 KV e inferior a 380 kV, cuando se encuentren ubicadas íntegramente en el Principado de Asturias.