Denominación:
Aprobación de planes técnicos de pesca en cotos deportivos y privados
Información básica
Tramitación de solicitudes para la aprobación de planes técnicos de pesca en cotos deportivos y privados.
Tipología 39A del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA)
Información adicional
Forma de inicio
Documentación asociada
1. Interesado
* Solicitud de aprobación de planes técnicos de pesca
Solicitud de autorización de planes técnicos de pesca en cotos deportivos y privados, en modelo oficial debidamente cumplimentado, dirigida al Director/a del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental.
* Datos Básicos del Plan Técnico de Pesca
Anexo I.
* Acreditación del solicitante/representante
* Plan técnico de pesca
Elaborado por técnico con titulación suficiente para tal fin. El Plan Técnico de Pesca contendrá como mínimo (art. 40 de la Ley 2/1999, de Pesca en Aragón):
- La descripción de las masas de agua acotadas, sus límites y accesos.
- Las características de las aguas y su biocenosis.
- Las especies que pueden ser objeto de pesca, el número máximo o cupo de captura y su medida.
- Los periodos, días y horas hábiles para la pesca.
- El número máximo de pescadores por día hábil.
- Los medios, artes y cebos autorizados.
- Las repoblaciones realizadas o proyectadas, el origen y genética de las especies repobladas o a repoblar.
- La existencia de tramos de captura y suelta en las masas de agua acotadas.
- La existencia de tramos de pesca intensiva en las masas de agua acotadas.
* Planes Técnicos de cotos deportivos
Contendrán además de lo anterior (art. 39 de la Ley 2/1999, de Pesca en Aragón):
- Un estudio técnico de las poblaciones ictícolas y de su potencial aprovechamiento.
- El régimen de expedición de los permisos y su importe.
- Las zonas de baño o de práctica de actividades o deportes náuticos o acuáticos, en los que se encuentre restringida o prohibida la pesca.
- La delimitación de las zonas de acceso a las masas de agua y de los espacios destinados al estacionamiento de vehículos.
- Las instalaciones o servicios para pescadores, y en especial los que puedan servir para su descanso o cobijo.
- Los tramos o masas de agua en los que por cualquier causa se restrinja o prohíba el ejercicio de la pesca.
- Las mejoras proyectadas.