Denominación:
TECG- Notificación previa de traslado de residuos en el interior de la Unión Europea, sin tránsito por terceros países, sujeta al procedimiento de autorización previa.
Información básica
Obtener autorización previa a un traslado de residuos desde la Comunitat Valenciana hacia un país de la Unión Europea, sin tránsito por terceros países, conforme al procedimiento establecido en el capítulo 1 del título I del Reglamento 1013/2006/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de junio de 2006, relativo a los traslados de residuos (en adelante el Reglamento).- Están sujetos al procedimiento de notificación y autorización previas por escrito los traslados de los siguientes residuos:. residuos con destino a operaciones de eliminación. residuos con destino a operaciones de valorización:. residuos de la lista ámbar (anexo IV), que incluye entre otros los residuos incluidos anejos II y VIII del Convenio de Basilea.. residuos enumerados en la lista verde (anexo III) cuando presenten alguna característica de peligrosidad ( letra H). residuos y mezclas de residuos no clasificados en los anteriores (anexos III, III-A, III-B, IV, IV-A). residuos municipales mezclados (LER 200301)