Denominación:
Autorización a entidades locales para el destino del Patrimonio Público del Suelo a la reducción de deuda.
Información básica
Las entidades locales que quieran destinar parte de su Patrimonio Público del Suelo a la amortización de deuda comercial o financiera, deberán solicitar autorización a la Dirección General de Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales, debiendo cumplir para recibirla con los requisitos y condiciones establecidos en el artículo 39.5 del Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de suelo. Esta autorización es el objeto del presente procedimiento.