Denominación:
Subvenciones para la adquisición de vivienda en centros históricos.
Información básica
1. Esta resolución tiene por objeto convocar para el año 2020 la siguiente linea de subvenciones para la adquisición de vivienda:b) Subvenciones para la adquisición de vivienda en los centros históricos, que se tramitarán con el código de procedimiento VI400A.2. La concesión de las subvenciones recogidas en esta resolución se tramitará por el procedimiento de concurrencia no competitiva, hasta agotar el crédito disponible previsto en la convocatoria, de acuerdo con lo señalado en el artículo 19.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.Las bases reguladoras de las subvenciones objeto de esta convocatoria están recogidas en la siguiente resolución:- Resolución de 18 de junio de 2019 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la adquisición de vivienda en los centros históricos y se procede a su convocatoria para el año 2019 (código de procedimiento VI400A), publicada en el DOG núm. 124, de 2 de julio.
Tramitación electrónica
Información adicional
Forma de inicio
Documentación asociada
1. La solicitud se realizará mediante la presentación del formulario, debidamente cubierto, que se incorpora como anexo II (en el caso de subvenciones para la adquisición de vivienda en los centros históricos - código de procedimiento VI400A). Tanto en uno como en otro caso la solicitud deberá dirigirse al IGVS. En los supuestos de adquisición de la propiedad de la vivienda por más de una persona, cada copropietario/a interesado/a en la concesión de estas ayudas deberá presentar su correspondiente solicitud.2. Las solicitudes se presentarán preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal).También podrán presentarse presencialmente por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.3. Para la presentación electrónica de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).4. En el modelo de solicitud, la persona solicitante deberá realizar las siguientes declaraciones:a) Declaración responsable de que ni la persona solicitante ni ninguna otra persona integrante de su unidad de convivencia solicitó u obtuvo alguna otra ayuda para la misma finalidad. En el caso de haber solicitado u obtenido alguna otra ayuda, deberá indicar cuales y su cuantía.b) Compromiso de comunicar cualquier otra subvención que le sea concedida a la persona solicitante o a cualquiera de las personas integrantes de su unidad de convivencia, para la misma finalidad.c) Compromiso de que la vivienda va a constituir su residencia habitual y permanente por un plazo de, por lo menos, cinco (5) años, contados desde la fecha de la formalización de la escritura pública de compraventa.d) Compromiso de ocupar la vivienda en el plazo máximo de tres (3) meses, contados desde su adquisición.e) Declaración responsable de que la persona solicitante y las demás personas integrantes de su unidad de convivencia están al día en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones, conforme el artículo 10.2.g) de la Ley 9/2007, de 13 de junio, y el artículo 9 de su reglamento.f) Declaración responsable de que ni la persona solicitante ni ninguna otra persona integrante de su unidad de convivencia está incursa en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.g) Declaración responsable de que ni la persona solicitante ni ninguna otra persona integrante de su unidad de convivencia está incursa en las causas de inhabilitación para la obtención de ayudas previstas en el número 2 del artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio.h) Declaración responsable de que ni la persona solicitante ni ninguna otra persona integrante de su unidad de convivencia es propietaria y/o usufructuaria de una vivienda situada en el territorio español, salvo los supostos exceptuados en las bases reguladoras destas ayudas.j) Declaración responsable de que todos los datos de la solicitud son ciertos.Documentación complementaria necesaria para la tramitación del procedimiento1. Con la solicitud se deberá aportar la siguiente documentación:a) En su caso, documentación acreditativa de la representación de la persona que actúe en el nombre de la persona solicitante. La representación deberá acreditarse a través del modelo normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia o por cualquier otro medio válido en derecho. El modelo normalizado se puede descargar en la siguiente ligazón: https://sede.xunta.gal/modelos-normalizados.b) Anexo III, de declaración responsable de composición de la unidad de convivencia de la persona solicitante y comprobación de datos.En el caso de que una unidad de convivencia esté compuesta por
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