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Denominación: Subvenciones a festivales de artes escénicas

Información básica

Descripción:

Esta resolución, en desarrollo de las funciones y objetivos encomendados y previstos en la Ley 4/2008, de 23 de mayo, de creación de la Agencia Gallega de las Industrias Culturales (Agadic), tiene por objeto establecer y aprobar las bases reguladoras de las subvenciones para el apoyo a festivales de artes escénicas de carácter profesional celebrados en Galicia que, por sus características, tengan un interés estratégico para el sector, y aprobar su convocatoria para el año 2020 (código de procedimiento CT213A).Normativa aplicable.La normativa aplicable a estas subvenciones se ajustará a lo dispuesto en esta resolución, a la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, al Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de subvenciones, a la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, así como a los preceptos básicos del Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley general de subvenciones, a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, la Ley 4/2019, de 17 de julio, de administración digital de Galicia, y demás normativa de general aplicación.

Código SIA: 1017934
Administración:
Administración Autonómica
Comunidad autónoma:
Galicia
Departamento: Comunidad Autónoma de Galicia
Centro directivo: Agencia Gallega de las Industrias Culturales (AGADIC)
Nivel de tramitación electrónica: Descarga de formulario

Tramitación electrónica

Sistemas de identificación: Certificado electrónico
Sistemas de identificación: DNI electrónico
Sistemas de identificación: Otros

Información adicional

Unidad gestora: Agencia Gallega de las Industrias Culturales (AGADIC)

Forma de inicio

Iniciación: Interesado
Efecto del silencio: Negativo
Plazo de resolución: 5
Meses

Documentación asociada

Documentación:

Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal.Si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que fuera realizada la subsanación.Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 https://sede.xunta.gal/chave365.Documentación complementaria necesaria para la tramitación del procedimiento1. Además de la solicitud publicada con esta convocatoria (anexo I), las personas interesadas en estas subvenciones presentarán, con carácter general, la siguiente documentación:– Si la persona solicitante es persona jurídica, certificado del acuerdo de solicitud de la ayuda o de la autorización de la persona que la firme en nombre de la entidad.– Estatutos registrados y escrituras de constitución válidamente inscritos en el registro mercantil o en el que corresponda.– Documentación que acredite suficientemente la representación de quien firma la solicitud.2. Las personas solicitantes deberán presentar la siguiente documentación específica:Además de los requisitos para acceder a la subvención (anexo II), las personas solicitantes deberán presentar la siguiente documentación complementaria:A. Memoria del festival en ediciones anteriores, que incluya separadamente el tratamiento de los siguientes apartados:A.1. Antigüedad del festival.A.2. Reconocimientos conseguidos.A.3. Interés artístico de las programaciones.A.4. Interés estratégico para el sector: líneas e iniciativas dirigidas al fomento y promoción del sector escénico gallego.A.5. Repercusión, incidencia e impacto en el territorio.B. Memoria del proyecto para el que se solicita subvención, que incluya los siguientes apartados:B.1. Interés cultural y artístico, relevancia y singularidad del proyecto y objetivos.B.2. Duración del festival (anexo III).B 3. Producciones, coproducciones o residencias del festival (anexo III).B.4. Estrenos de compañías en el festival (anexo III).B.5. Repercusión en la creación y fomento de públicos.B.6. Actividades complementarias: líneas e iniciativas dirigidas al fomento y promoción del sector cultural gallego (conciertos, talleres, concursos, certámenes…) realizadas por el festival. Para su valoración, las actividades deben estar descritas y no solo identificadas.B.7. Plan de comunicación: estrategias de difusión y promoción del proyecto.C. Viabilidad técnica y económica del proyecto: memoria económico-financiera que incluya el presupuesto completo y detallado de la inversión subvencionable, en el cual figuren todos los gastos subvencionables señalados en la base decimosexta, y la previsión de ingresos. La memoria incluirá el presupuesto desglosado, con y sin IVA (anexo IV).D. Compromiso de producción, coproducción o residencia en que consten las condiciones económicas y/o técnicas de este.Para las solicitudes conjuntas presentadas por entidades locales, memoria de ahorro de costes respecto de la presentación de modo individual.3. No será necesario aportar los documentos que ya hubiesen sido presentados anteriormente. A estos efectos, la persona interesada deberá indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó los citados documentos. Se presumirá que esta consulta es autorizada por las personas interesadas, salvo que conste en el procedimiento su oposición expresa.En los supuestos de imposibilidad material de obtener el documento, el órgano competente podrá requerir a la persona interesada su presentación o, en su defecto, la acreditación por otros medios de los requisitos a los que se refier

Materias

Cultura