Denominación:
Notificaciones electrónicas de la Agencia Tributaria de Andalucía.
Información básica
Procedimiento para recibir las notificaciones, con total seguridad e integridad, a través de medios telemáticos, mediante la utilización de la Dirección Electrónica Habilitada.Este tipo de notificación es obligatoria para aquellas personas que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo.Artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
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