Denominación:
Liquidación bonificaciones al transporte aéreo
Información básica
Las bonificaciones al transporte aéreo regular en rutas domésticas, para residentes en territorios no peninsulares (Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla), se regulan en la Disposición Adicional 13ª Ley 17/2012 de Presupuestos Generales del Estado para 2013, que se desarrolla en el Real Decreto 1316/2001, de 30 de noviembre. En el caso de las bonificaciones otorgadas a miembros de familias numerosas, la normativa se recoge en el Real Decreto 1621/2005, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 40/2003 de Protección a las Familias Numerosas, y concretamente, en lo que se refiere al transporte aéreo, se desarrolla en la Orden FOM/3837/2006. El procedimiento de liquidación de las bonificaciones para los residentes en territorios no peninsulares (Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla) está basado en lo descrito en el Real Decreto 1316/2001. En el caso de miembros de familias numerosas, el procedimiento es similar y se basa en el texto de la Orden FOM/3837/2006. Las compañías aéreas presentarán en soporte informático los ficheros de vuelos mensuales de acuerdo con los requisitos normativos citados anteriormente.
Tramitación electrónica
Información adicional
Forma de inicio
Documentación asociada
Certificación relativa a la liquidación correspondiente y los ficheros de vuelos mensuales y de tarifas básicas (art. 7 Real Decreto 1316/2001, de 30 de noviembre y art. 7 Orden FOM/3837/2006, de 28 de noviembre )