Denominación:
IS. Inscripción en el Registro Especial de Uniones Temporales de Empresas del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
Información básica
Las Uniones Temporales de Empresas (UTEs) que deseen tributar de acuerdo con el régimen tributario especial previsto en el artículo 48 del Real Decreto Legislativo 4/2004, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, deben solicitar la inscripción en el Registro Especial de Uniones Temporales de Empresas del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, adscrito a la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Con carácter general, si se acogen a dicho régimen especial no tributarán en el Impuesto sobre Sociedades e imputarán bases imponibles, deducciones y bonificaciones en cuota y retenciones e ingresos en cuenta a los socios residentes en territorio español.
Tramitación electrónica
Información adicional
Forma de inicio
Documentación asociada
Presentación de solicitud de inscripción en el registro de UTES, aportando necesariamente como documentación complementaria la escritura de constitución de la UTE, que contiene los Estatutos de la sociedad. ;