Denominación:
Investigación de aguas subterráneas: Autorización
Información básica
Concesión de la autorización administrativa previa necesaria para el conjunto de operaciones destinadas a determinar la existencia de aguas subterráneas, incluyendo las labores de profundización en el terreno, de alumbramiento y de aforo de los caudales obtenidos.Quedan exceptuadas de esta autorización, la investigación de aguas subterráneas para las captaciones sometidas a la autorización de inmatriculaciones de aprovechamientos hidráulicos en el Registro de Aguas cuyo volumen total anual no sobrepase los 7.000 metros cúbicos.Tampoco quedarán sometidas a ésta, las investigaciones de aguas subterráneas que lleve a cabo la Administración como parte integrante de estudios generales sobre acuíferos, sin perjuicio de su notificación previa al Organismo de cuenca.
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