Denominación:
Inscripción en el Registro de Parejas de Hecho de Galicia.
Información básica
Inscripción en el Registro de Parejas de Hecho.
Información adicional
Forma de inicio
Documentación asociada
- Solicitud normalizada según el anexo I de este Decreto. - Anexo II (deberá presentarse y firmarse personalmente ante la persona encargada del Registro). - Copia compulsada del documento nacional de identidad o del documento equivalente en otro supuesto (solo en el caso de no autorizar la consulta). - Certificado de empadronamiento de los miembros de la pareja en algún municipio de la Comunidad Autónoma de Galicia (solo en el caso de no autorizar la consulta). - Certificación del Registro civil o equivalente en el caso de extranjeros. - Certificación literal de matrimonio en que conste el divorcio o nulidad o sentencia judicial firme de divorcio o nulidad. - Copia compulsada del libro de familia, o equivalente. - Escritura pública del pacto regulador de las relaciones económicas y patrimoniales de la pareja. - Otra documentación. - Las solicitudes de inscripción, de cancelación a petición de ambos miembros de la pareja, de incorporación o modificación de pacto deberán presentarse en soporte papel en cualquiera de los lugares y registros establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, utilizando el formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.es y en las jefaturas territoriales y en los servicios centrales de la consellería.
Materias
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