Denominación:
Inscripción de la apertura y/o cierre de delegaciones o establecimientos en el Registro de Asociaciones Profesionales de Trabajadores Autónomos.
Información básica
La regulación del procedimiento de inscripción de las asociaciones, sus federaciones, sus confederaciones y uniones constituidas al amparo de la Ley orgánica 1/2002, del 22 de marzo, regulador del derecho de asociación.A efectos de la inscripción y depósito de los estatutos en el registro, se entiende por asociación profesional de trabajadores autónomos, conforme a lo establecido en el artículo 20.2º de la Ley 20/2007, del 11 de Julio, del Estatuto del trabajo autónomo, aquella que tenga por finalidad la defensa y tutela colectiva de los intereses profesionales de las/os trabajadoras/es autónomas/os y funciones complementarias, que podrá desarrollar todas aquellas actividades lícitas dirigidas a esta finalidad. En ningún caso podrá tener ánimo de lucro.Este procedimiento regula a inscripción de la apertura y cierre de delegaciones o establecimientos.
Tramitación electrónica
Información adicional
Forma de inicio
Documentación asociada
- Solicitud según el Anexo I. - Acta de la reunión o del acuerdo adoptado o certificado del acta o del acuerdo en el que deberá constar, además de la fecha en la que se adoptara: la calle, número, municipio, localidad, provincia y el código postal del domicilio de la nueva delegación o establecimiento, en el caso en que se inscriba su apertura o de la delegación o establecimiento que se cierra, en el caso en que se inscriba su cierre. - En caso de que se acuerde la apertura o el cierre de una o varias delegaciones o establecimientos, deberán constar los datos del punto anterior respecto a cada una de ellas. - Justificante de abono de la tasa correspondiente.