Denominación:
Declaración responsable de reforma de un establecimiento de alojamiento turístico en el medio rural.
Información básica
Declaración responsable de reforma de un establecimiento de alojamiento turístico en el medio rural.
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Documentación asociada
Artículo 14. Reforma de un establecimiento de alojamiento turístico en el medio rural 1. Cuando se realicen obras de reforma de un establecimiento de alojamiento turístico en el medio rural que impliquen una modificación en su capacidad de alojamiento o un cambio de modalidad y/o categoría, la empresa deberá presentar ante la Dirección General competente en materia de turismo, antes de su reapertura, una nueva declaración responsable en la que se reflejen las modificaciones realizadas, conforme al modelo establecido en el artículo 11. 2. La Dirección General competente en materia de turismo realizará las labores de control e inspección necesarias para verificar que el establecimiento de alojamiento turístico en el medio rural reúne las características reflejadas en la declaración responsable, y cumple todos los requisitos establecidos en la normativa turística vigente.
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