Denominación:
Comunicación de cesión de derechos del Régimen del Pago Básico (RPB).
Información básica
Los derechos de pago base pueden ser objeto de cesión por los agricultores a otros agricultores, bien en venta, arrendamiento o cualquier otra forma admitida en derecho.Las formas de cesiones de los derechos pueden ser:a) Definitivas por:Herencias, cambios de personalidad jurídica, fusiones y escisiones, compraventas, jubilaciones, ceses anticipados, finalización anticipada de arrendamientos, incapacidad laboral permanente, renuncias voluntarias a favor de la Reserva Nacional y sentencias judiciales.b) Temporales por:Arrendamientos, modificaciones de arrendamientos debidos a cambios de titularidad.
Tramitación electrónica
Información adicional
Forma de inicio
Documentación asociada
- En todos los casos:Solicitud única normalizada según los formularios electrónicos accesibles para cada línea de ayuda en la dirección http://sgapac.xunta.es. - General: - Copia del DNI del solicitante en el caso de personas físicas que se opongan expresamente a la consulta de los datos de identidad en la Dirección General de la Policía. - Copia del NIF cuando el solicitante no sea persona física. - Copia del DNI del representante legal cuando el solicitante no sea persona física. - Documentación de autorización de firma si el solicitante no es persona física o, siendo persona física, no es quien presenta la solicitud. En el caso de personas físicas, esta documentación consistirá en un documento de autorización firmado por el autorizante y por el autorizado al que se juntarán las copias de los DNI en vigor, de ambos. - Específica:Dependerá del tipo de cesión y, con carácter general puede consistir en alguno de los documentos siguientes: - Contrato de cesión, venta o arrendamiento de derechos de pago básico, de tierras (hectáreas admisibles), o de ambos. - Testamento con, de ser el caso, la justificación de la liquidación del impuesto de transmisiones patrimoniales o de su excepción. - Documentos acreditativos de jubilaciones de la actividad agraria en la que los o los cesionarios de los derechos sean familiares de primer grado del cedente y programas aprobados de cese anticipado o incapacidad laboral permanente del cedente así como del cambio de titularidad. - Documentos acreditativos de cambios del regimen o estatuto jurídico del titular que incluya un cambio de NIF. - Documentos acreditativos de fusiones o agrupaciones en personas jurídicas o entes sin personalidad jurídica, o de excisiones de personas jurídicas o de agrupaciones de personas físicas. - Documentación acreditativa de la finalización anticipada de arrendamientos de derechos de pago básico con tierra. - De ser el caso, documento de renuncia voluntaria a favor de la reserva nacionalNota: Por petición del Fogga deberá presentarse cualquier otra documentación justificativa.
Materias
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