Denominación:
Cancelación de la inscripción en el Registro de Modelos a petición empresarial.
Información básica
Luego de la tramitación del correspondiente procedimiento con audiencia de la empresa fabricante, distribuidora, importadora o comercializadora del modelo, la persona titular de la dirección general competente en materia de juego podrá acordar la cancelación de la inscripción de un modelo por las siguientes causas o motivos:a) Cuando lo solicite voluntariamente la empresa fabricante del modelo. Para estos supuestos, podrá seguir autorizándose la explotación de máquinas del indicado modelo siempre que la empresa titular de la máquina o la empresa comercializadora correspondiente acredite, por cualquiera medio de prueba admitido en derecho, que ésta se adquirió con anterioridad a la fecha de la solicitud de cancelación del registro cursada por la empresa fabricante y que se comprometa, así mismo, expresamente a respetar los derechos de la empresa fabricante en relación con marcas y patentes.b) Sin perjuicio de las sanciones que si fuere el caso corresponda imponer, cuando se constate tras su inscripción que el modelo o, de ser el caso, su modificación no reúnen los requisitos y condiciones técnicas exigibles a las máquinas y a sus elementos de juego por la normativa aplicable en esta materia.c) El conocimiento posterior por parte de la dirección general competente en materia de juego, de falsedades, irregularidades, inexactitudes esenciales en la solicitud o en la documentación allegada para la inscripción de los modelos, sin perjuicio de las sanciones que se impongan.
Tramitación electrónica
Información adicional
Forma de inicio
Documentación asociada
- Solicitud según el Anexo XI. - Listado de empresas operadoras y comercializadoras de ámbito territorial gallego adquirentes del modelo para el que se solicita la cancelación. - Justificante acreditativo del pago de la tasa administrativa.
Materias
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