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Denominación: Ayudas para la consolidación y estructuración de unidades de investigación competitivas y otras acciones de fomento en las universidades del SUG - GRC.

Información básica

Descripción:

Ayudas para la consolidación de grupos de investigación de las entidades solicitantes que, por su producción científica y su actividad de I+D, constituyan una referencia en el Sistema gallego de I+D+i.

Código SIA: 1161540
Administración:
Administración Autonómica
Comunidad autónoma:
Galicia
Departamento: Comunidad Autónoma de Galicia
Centro directivo: Secretaría General de Universidades
Nivel de tramitación electrónica: Descarga de formulario

Tramitación electrónica

Sistemas de identificación: Certificado electrónico
Sistemas de identificación: DNI electrónico
Sistemas de identificación: Otros

Información adicional

Unidad gestora: Secretaría General de Universidades

Forma de inicio

Iniciación: Interesado
Efecto del silencio: Negativo
Plazo de resolución: 5
Meses

Documentación asociada

Documentación:

1. Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través de los formularios normalizados ED431C (anexo VI) para la modalidad de grupos de referencia competitiva, ED431B (anexo VII) para grupos con potencial de crecimiento, ED431F (anexo VIII) para proyectos de personal investigador con trayectoria excelente, en el caso de solicitudes presentadas por una universidad del SUG, o IN607A (anexo VI bis) para la modalidad de grupos de referencia competitiva, IN607B (anexo VII bis) para grupos con potencial de crecimiento e IN607D (anexo VIII bis) para proyectos de personal investigador con trayectoria excelente, en el caso de solicitudes presentadas por las demás entidades solicitantes, disponibles en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.galSi alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, será requerida para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en que fuera realizada la subsanación.Para la presentación de las solicitudes se podrá emplear cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/tramites-e-servizos/chave365).2. Cada grupo de investigación únicamente podrá ser presentado como candidato por una entidad y a una de las modalidades descritas, siempre y cuando cumpla los requisitos exigidos.Documentación complementariaAdemás de la documentación señalada en las bases de la convocatoria, se deberá aportar la siguiente documentación:1. Certificado de la composición del grupo emitido por la entidad solicitante, indicando el código y/o denominación del grupo. La composición certificada será la completa del grupo en la fecha de publicación de esta orden de convocatoria. En esta certificación y para los grupos del SUG se hará constar, de manera específica, los miembros del grupo que pertenecen a campus periféricos y, en el caso de entidades ajenas al SUG, el personal investigador de centros periféricos de la entidad solicitante localizados en las provincias de Lugo u Ourense, así como en la comarca de Ferrolterra.2. Certificado de ingresos de I+D competitivos, computados de acuerdo con lo señalado en los artículos 2 y 4 de la convocatoria, obtenidos por el grupo de investigación, expedido por la entidad solicitante.3. Memoria descriptiva de la estrategia de investigación, estructuración y consolidación que va a seguir el grupo y que justifica la necesidad de esta ayuda. El formato obligatorio de esta memoria está en la dirección web http://www.edu.xunta.gal y http://gain.xunta.gal y deberá ir firmada por el coordinador o coordinadora del grupo de investigación.Documentación complementaria necesaria parla la tramitación del procedimiento1. Las personas interesadas deberán aportar (además de la que se especifica en cada anexo para cada modalidad de ayuda) la siguiente documentación:– Certificados emitidos por la entidad a la que pertenece el grupo o personal investigador, que acrediten el cumplimiento de los requisitos establecidos en los anexos I, II y III de esta orden, correspondiente a la modalidad de ayuda solicitada. Una vez superado el proceso de selección, la Secretaría General de Universidades o la Gain podrán requerir los comprobantes de los méritos certificados de las solicitudes seleccionadas. En caso de detectarse falsedad en algún mérito, el órgano instructor correspondiente adoptará las oportunas medidas legales. La referencia de los contenidos mínimos obligatorios de estos certificados están en las direcciones web http://www.edu.xunta.gal y http://gain.xunta.gal– En su caso, certificación firmada por la persona representante legal de la entidad solicitante de que se cuenta con toda la documentación exigida por la legislación para la investigación con animales.2. La documentación comple

Materias

Educación y formación
Tecnología, Investigación e Innovación