Denominación:
Ayudas asistencias extraordinarias para ciudadanos españoles residentes en el exterior.
Información básica
Paliar la carencia de recursos a los emigrantes españoles y familiares a su cargo, así como sufragar gastos extraordinarios derivados del hecho de la emigración
Tramitación electrónica
Información adicional
Forma de inicio
Documentación asociada
1.Copia Compulsada de Pasaporte/D.N.I./N.I.F/Tarjeta Residencia. 1. Pasaporte español vigente en el que conste la inscripción en el Registro de Matrícula Consular como residente o, en su defecto, certificación consular que acredite este extremo, tanto del solicitante como, en su caso, del cónyuge, si éste fuera español. 2. DNI del país de emigración del solicitante y, en su caso, del cónyuge y demás miembros que componen la unidad económica de convivencia. 3. Certificación acreditativa de la convivencia familiar, en su caso. 4. Libro de familia, si procede. En su defecto, se aportará la certificado de matrimonio y nacimiento del resto de los miembros de la unidad familiar. 5. En caso de separación legal o divorcio, se portará la correspondiente sentencia judicial firme o certificación registral. 6. Partida de defunción del cónyuge, en su caso. 7. Certificación o justificante acreditativo de los ingresos, rentas o pensión de cualquier naturaleza que perciba el interesado y/o los familiares a su cargo, o de no percibirse, declaración responsable del solicitante. 8. Acreditación de los gastos que motivan la petición de ayuda. 9. Declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones recogidas, en los apartado 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones o, en su defecto, declaración responsable del solicitante otorgada ante la autoridad administrativa
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