Denominación:
Autorización de vertidos de aguas residuales (tramitación común).
Información básica
Si Usted, bien como particular o bien representando a una persona jurídica, quiere realizar un vertido al dominio público hidráulico, debe solicitar a la Xunta de Galicia la correspondiente autorización para poder proceder a la realización del mismo.Las autorizaciones establecerán las condiciones en que deben realizarse, y en todo caso, deben especificar las instalaciones de depuración necesarias y los elementos de control y los límites cuantitativos y cualitativos que se impongan la composición del efluente y el importe del canon de control del vertido.El plazo máximo de estas autorizaciones será de cinco años, renovables siempre que se cumplan las normas de calidad y objetivos ambientales exigibles en cada momento.Los vertidos al dominio público hidraúlico están grabados con una tasa, canon de control de vertidos, destinada al estudio, control, protección y mejora del medio receptor.
Tramitación electrónica
Información adicional
Forma de inicio
Documentación asociada
- Solicitud según el Anexo I. - Tasas administrativas devengadas por la tramitación de la solicitud. - Proyecto técnico de las instalacións de tratamiento y evacuación del vertido. - En el caso de vertidos indirectos al dominio público a través de la red municipal de alcantarillas, copia del certificado de conexión por el Ayuntamiento o por la entidad concesionaria del servicio de saneamiento en el que conste el tipo de aguas autorizadas para su conexión a la red municipal de alcantarillas y del tratamiento posterior aplicado por el Ayuntamiento a las dichas aguas residuales. - Comprobación de datos.Los documentos relacionados serán objeto de consulta a las administraciones públicas. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo y aportar una copia de los documentos. - DNI/NIE de la persona solicitante. - DNI/NIE de la persona representante. - NIF de la entidad solicitante.
Materias
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