Denominación:
Autorización de venta de productos pesqueros que no sean objeto de primera venta en lonja.
Información básica
Si Usted pretende realizar primera venta de productos de la acuicultura que no son objeto de venta en lonja, productos congelados, ultracongelados o transformados a bordo o en instalaciones de acuicultura, deberá solicitar la correspondiente autorización a la consejería competente en materia pesquera,
Tramitación electrónica
Información adicional
Forma de inicio
Documentación asociada
- Solicitud (Anexo I). - Para los casos de personas físicas. - Copia del DNI o NIE de la persona solicitante, sólo en el caso de no autorizar su consulta en el Sistema de verificación de datos de identidad. - En el supuesto de cotitularidades, copia del DNI o NIE del resto de personas titulares, sólo en el caso de no autorizar su consulta en el Sistema de verificación de datos de identidad en el Anexo II. - Para los casos de personas jurídicas. - Copia del DNI o NIE de la persona representante, sólo en el caso de no autorizar su consulta en el Sistema de verificación de datos de identidad. - Solicitud de alta en el Registro Gallego de Empresas Halioalimentarias segundo el establecido en el Decreto 420/1993, del 17 de diciembre, por lo que se refunde la normativa vigente en materia de Registro de Buques y de Empresas Halioalimentarias, cuando no este ya inscrito, en el caso de no autorizar su consulta. - En el caso de buques congeladores/factoría - Copia de la licencia de pesca. - Copia del registro sanitario. - Traducción jurada del equivalente a la licencia de pesca, del permiso temporal de pesca, del registro sanitario y poder del representante en relación con la 1º venta de productos pesqueros, para buques UE de pabellónno español.
Materias
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