Denominación:
Autorización de nuevo acceso, cambio de uso o reordenación de un acceso existente en la red de titularidad de la Comunidad Autonóma de Galicia.
Información básica
Se consideran accesos directos a las carreteras o a sus vías de servicio todas aquellas entradas y salidas de vehículos a ellas en las que su incorporación a o desde la calzada se produce sin emplear las conexiones de la carretera con otras vías públicas que tengan la consideración de carreteras o de vías de servicio.Tienen la consideración de accesos a las carreteras o a sus vías de servicio los de las actuaciones urbanísticas, vías urbanas y caminos públicos, instalaciones de servicios y fincas colindantes.Inicio del procedimiento de autorizaciónEl procedimiento de otorgamiento de autorizaciones para el establecimiento de nuevos accesos, cambio de uso y reordenación de un acceso existente como consecuencia de la solicitud de un nuevo acceso en una carretera de titularidad de la Comunidad Autónoma de Galicia, se iniciará con la presentación de una solicitud dirigida al Servicio provincial de la Agencia Gallega de Infraestructuras correspondiente y ajustada al modelo normalizado del anexo que tiene como código de procedimiento IF205D.
Tramitación electrónica
Información adicional
Forma de inicio
Documentación asociada
- Solicitud según Anexo de código de procedimiento IF205D. - Poder de representación. - Memoria explicativa con los planos, esquemas o datos necesarios para la localización y definición del acceso que se pretende realizar. - Proyecto del acceso suscrito por técnico competente, con el contenido establecido en el artículo 86.2 c) de la orden de accesos. - Otros (especificar). - Comprobación de datos.Los documentos relacionados serán objeto de consulta a las administraciones públicas. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo y aportar una copia de los documentos. - NIF de la entidad solicitante. - DNI/NIE de la persona solicitante. - DNI/NIE de la persona representante.
Materias
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