Denominación:
Autorización complementaria de circulación.
Información básica
Obtener autorización complementaria de circulación, por un número limitado de circulaciones o por un plazo determinado, previo informe vinculante del titular de la vía, para vehículos que, por sus características técnicas o por la carga indivisible que transportan, superen las masas máximas establecidas. Modificación de la autorización complementaria de circulación.
Tramitación electrónica
Información adicional
Forma de inicio
Documentación asociada
La documentación figura en el siguiente enlace: https://sede.dgt.gob.es/es/tramites-y-multas/servicios-comunes-y-otros/autorizaciones-especiales-de-circulacion/
Materias
Etiquetas: