Denominación:
Asistencia sanitaria a extranjeros (Comunidad Europea, Espacio Social Europeo, países con convenio bilateral)
Información básica
Prestar asistencia sanitaria a extranjeros durante su estancia en España, en igualdad de condiciones que los asegurados del Régimen General de la Seguridad Social española, tanto en lo referido a servicios normales y de urgencia, como los de internamiento hospitalario, prescripción y adquisición de productos farmacéuticos.